Subvención al Comercio Galicia 2018

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15 Febrero 2018 Subvenciones

El Diario Oficial de Galicia ha publicado las bases reguladoras de una nueva convocatoria para la subvención para la digitalización y modernización de empresas comerciales y artesanales. El objetivo principal de este plan es modernizar el comercio gallego promocionando la imagen y presentación del producto. Se trata de la ORDEN de 29 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la digitalización y modernización de empresas comerciales y artesanales, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento IN201H).


Actuaciones Subvencionables


• Implantación o actualización de páginas web comerciales.

• Mejora de la imagen en línea dirigidas a la comercialización de productos.

• Logística digital a través del diseño e implantación de un packaging para la venta en línea adecuado a las características del producto y a la imagen e identidad de la empresa comercial o artesanal.

• Implantación de herramientas de gestión: sistemas integrados para la planificación de recursos empresariales, comerciales y software adecuados a las necesidades de la empresa.

• Servicios de gestión de redes sociales.


El porcentaje de subvención será del 50% de la inversión máxima subvencionable: 4.000€ para tiendas online, 3.000€ para herramientas de gestión y 1.000€ para páginas web que no dispongan de tienda online.


Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios/las de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan además los siguientes requisitos:


a) Comerciantes minoristas:


1. Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea, deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.


2. Que, teniendo la condición de pyme conforme los requisitos establecidos por la Comisión Europea, empleen menos de diez (10) trabajadores y no tengan la consideración de grande establecimiento comercial según la normativa aplicable.


3. Que estén dados de alta en alguna de las epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que esta constituya la actividad principal del solicitante.


4. Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en la epígrafe 653.1 del IAE.


b) Titulares de talleres artesanales:


1. Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, tendrán de plazo hasta el último día de plazo para la presentación de solicitudes para solicitar la inscripción en el dicho registro.


2. No podrán ser beneficiarios/las de estas ayudas las empresas en crisis; ni aquellos que, habiendo sido beneficiarios del procedimiento IN201 H, renunciaran a él o perdieran el derecho al cobro total de la subvención nos últimos dos años (2016 y 2017).


El plazo finaliza el 1 de marzo de 2018. ¡Te ayudamos para que no se te escape!